Es el Registro Provincial de Instituciones Capacitadoras, a través del cual el Ministerio de Empleo y Formación Profesional habilita a Instituciones de Formación Profesional para que ofrezcan cursos de calidad y otorguen certificación oficial a sus egresados y egresadas.
REPICA
¿Qué es el REPICA?
¿Quiénes pueden inscribirse?
- Instituciones privadas, con o sin fines de lucro, cuya Personería Jurídica esté vigente, con situación regular de obligaciones legales y estatutarias.
Las entidades de carácter privado no gubernamental que deseen obtener su habilitación oficial deben acreditar capacidad técnica, infraestructura y equipamiento que permita el desarrollo de las capacitaciones solicitadas. Además, es preciso que cuenten con una apropiada organización interna, calidad en la prestación de sus servicios, experiencia en capacitación laboral y vinculación con los sectores sociales y productivos para los que forma.
- Instituciones de índole pública, estatales o no estatales, pueden realizar acciones de capacitación a través de acuerdos con el Ministerio de Empleo y Formación Profesional.
Descargá el listado de tipos de instituciones que pueden hacer el trámite haciendo clic aquí
¿Cómo deben inscribirse las instituciones postulantes?
- El Representante legal de la institución deberá ingresar en el CiDi y, en el buscador, escribir la palabra REPICA.
- Una vez dentro de la Guía Única de Trámites REPICA, leer detenidamente e ingresar al enlace correspondiente, según el tipo de institución que represente.
- Tener en Formato PDF la siguiente documentación según corresponda:
- IPJ (Certificación Vigencia de Autoridad)
- Certificado de personería jurídica, constancia de acta de constitución, estatutos y designación de autoridades, otorgada por el organismo pertinente.
- Certificado de vigencia otorgado por la Inspección General de Justicia o de autoridad registral provincial, por los casos de Cooperativas, Centros Vecinales, Iglesias, otros quienes avalen su registración como tales.
- Además, deberá presentar autorización del uso de las sub sedes que serán utilizadas para el desarrollo de la capacitación, con el instrumento legal que corresponda: Comodato, Contrato de Alquiler, otros con la debida garantía-certificación de que quien rubrica está autorizado legalmente para tal fin.
Para Consultas
Correo electrónico: repica.cba.ong@gmail.com
Teléfonos: 351 4322900 internos 2040 y 2095
Importante
- La solicitud de inscripción puede presentarse en el transcurso de todo el año.
- Las instituciones ya inscriptas, deberán realizar la Re-Inscripción una vez vencido el plazo de vigencia de su habilitación (generalmente 2 años), podrán ampliar la oferta capacitadora a nuevos cursos y agregar o dar de baja a sedes de capacitación, debiéndose mantener actualizado y notificado los cambios que se operen.